UITA informa que, a la luz de la multitud de consultas que nos están remitiendo los transportistas, esta organización se ha puesto en contacto con la Delegación del Gobierno en Asturias para aclarar que el llamado “certificado de desplazamiento” que se está exigiendo a los trabajadores que se trasladan en coche a sus lugares de trabajo durante el estado de alarma NO ES OBLIGATORIO.
Tras la conversación mantenida con la Delegación del Gobierno, informamos a los transportistas que NO ES OBLIGATORIO disponer de ningún certificado oficial que habilite a los trabajadores, autónomos o por cuenta ajena, a circular en su propio coche en las condiciones establecidas en el RD 463/2020 del 14 de marzo, durante los trayectos realizados entre sus lugares de trabajo (como puede ser el lugar en el que se deja el camión al final de la jornada) hasta sus hogares y viceversa.
No obstante, cualquier empresa es libre de emitir cualquier información o certificación de los desplazamientos que puedan hacer sus trabajadores, por nuestra parte se está insistiendo en la información del cumplimiento estricto del Real Decreto 463/2020 y las prescripciones que se determinan en su artículo 7º sin más interpretaciones que las contenidas en dicho artículo.
José Fernández Delgado
PRESIDENTE DE UITA.